Entra en vigor el nuevo Reglamento Europeo de Ciberseguridad

El pasado 7 de junio de 2019 se publicó en el DOUE el Reglamento 2019/881 del Parlamento europeo y del Consejo relativo a ENISA (Agencia europea para la Ciberseguridad) y a la certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación y por el que se deroga el Reglamento 526/2013 (Reglamento sobre la Ciberseguridad). La norma entró en vigor el 27 de junio.

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El Reglamento Europeo sobe la Ciberseguridad, tiene por objeto alcanzar un alto nivel de ciberseguridad, ciberresiliencia y confianza en la Unión Europea (UE) por medio del establecimiento de:

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  • objetivos, tareas y aspectos organizativos para una Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) redenominada y fortalecida con un nuevo mandato permanente;
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  • un marco para esquemas europeos voluntarios de certificación de productos, servicios y procesos de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC).
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El mandato de la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) consiste en:

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  • alcanzar un elevado nivel común de ciberseguridad por toda la UE;
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  • apoyar a las autoridades nacionales y a las instituciones, órganos, oficinas y organismos de la UE para que mejoren la ciberseguridad;
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  • servir como punto de referencia de cara al asesoramiento científico y técnico y a los conocimientos sobre ciberseguridad para las instituciones, órganos, oficinas y organismos de la UE, así como otras partes interesadas pertinentes;
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  • contribuir a reducir la fragmentación del mercado interior;
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  • actuar con independencia, evitar la duplicación con las actividades nacionales y tomar en consideración los conocimientos de los países;
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  • desarrollar sus propios recursos técnicos y humanos, así como sus capacidades.
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